Micelio

Artículo 46

Consejo Directivo Del Centro De Estudios Aeronáuticos -Cea

Decreto 1294 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA . El Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA estará integrado por

1.

El Director General de la Aerocivil o su delegado, quien lo preside.

2.

El Secretario General de la Aerocivil.

3.

El Secretario de Autoridad Aeronáutica.

4.

El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

5.

El Director de Gestión Humana.

6.

Un Representante de los Docentes.

7.

Un Representante de los Estudiantes.

Parágrafo 1

El Secretario del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, asistirá con derecho a voz, sin voto.

Parágrafo 2

Los integrantes del Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, asistirán a las sesiones y tendrá voz y voto.

Parágrafo 3

El Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, expedirá su propio reglamento, en el que establecerá, entre otros aspectos, lo relacionado con la periodicidad de las reuniones y el quórum requerido para deliberar y tomar decisiones. Sin perjuicio de lo anterior, el consejo deberá reunirse como mínimo una (1) vez al año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1294 de 2021