Dispositivos Físicos de Medición, Marcación y Conteo . Estos Dispositivos físicos se utilizarán para el proceso de medición, marcación y conteo con proceso automatizado y serán instalados dentro de la línea de producción. Para productos importados los dispositivos físicos de marcación y conteo se instalarán en los sitios autorizados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Los atributos, condiciones y requerimientos tecnológicos mínimos que deben cumplir estos dispositivos serán determinados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante resolución de carácter general.
Únicamente el personal autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá operar los dispositivos físicos de medición, marcación y conteo.