Micelio

Artículo 2

Decreto 4095 de 2005 · por el cual se otorga la calidad de Zonas Francas Turísticas a los muelles turísticos, marinas deportivas y terminales de cruceros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Area . El área mínima prevista en el artículo 66 del Decreto 2131 de 1991 para las Zonas Francas Turísticas, no será aplicable a aquellas en las que se desarrolle la operación de muelles turísticos y marinas deportivas o terminales de cruceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4095 de 2005