Micelio

Artículo 2

Con El Fin De Acelerar La Ejecución De Los Programas De Vivienda A Que Se Refiere El Presente Decreto, El Ministerio De Educación Procederá A Organizar Un Comité Nacional De Vivienda Y Comités Seccionales En Los Departamentos Y En El Distrito Especial De Bogotá, Con El Carácter De Asesores Del Gobierno Para Las Negociaciones Que Adelante Con Las Entidades Que Desarrollen Planes De Vivienda Con Aportes Del Tesoro Nacional

Decreto 275 de 1971 · Por el cual se reglamentan los programas de vivienda para el personal docente y empleados del sector educativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con el fin de acelerar la ejecución de los programas de vivienda a que se refiere el presente Decreto, el Ministerio de Educación procederá a organizar un Comité Nacional de Vivienda y Comités Seccionales en los Departamentos y en el Distrito Especial de Bogotá, con el carácter de asesores del Gobierno para las negociaciones que adelante con las entidades que desarrollen planes de vivienda con aportes del Tesoro Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 275 de 1971