Art. 323. Los Administradores de Aduana remitirás mensualmente a la Secretaría de Hacienda :
1.° Un cuadro de entradas i salida, de buques, con espresion de su clase, bandera, nombre, porte, destino i procedencia ;
2.° Un cuadro del movimiento de las mercancías destinadas al cabotaje.
3.° Un resúmen de importaciones en el mes, con las condiciones que espresa el artículo 186 ;
4.° Un resúmen de las esportaciones en el mes, con las condiciones que espresa el inciso 3.° del artículo 209.