° Hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año en curso, la asignación mensual del Telegrafista Administrador de Chiriguaná será de ochenta pesos ($ 80.00). Este gasto se imputará al Capítulo 76, Articulo 1162, de las apropiaciones vigentes. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2350 de 1942 →Vigente
Artículo 3
Hasta El Treinta Y Uno (31) De Diciembre Del Año En Curso, La Asignación Mensual Del Telegrafista Administrador De Chiriguaná Será De Ochenta Pesos ($ 80
Decreto 2350 de 1942 · Por el cual se crean unas oficinas y las plazas necesarias en el Ministerio de Correos y Telégrafos, y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.