Micelio

Artículo 3

Ley 126 de 1888 · Sobre creación de algunas Notarías y Oficinas de Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° La cabecera del Circuito de Notaria y Registro del Carmen, en la Provincia de Ocaña, Departamento de Santander, será en lo sucesivo Convención, y este Circuito quedará compuesto de los Distritos de Convención, Carmen, Brotaré y Teorama. El Circuito de Notaria de Ocaña lo compondrán los demás Distritos de la Provincia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 126 de 1888