Art. 5° Se asigna para gastos i sueldos en la Salinado Cumaral, en caso de no ser arrendada, el nueve por ciento del producto liquido de las ventas de sal que se llegan mensualmente; el que se aplicará, para sueldo eventual del Administrador-almacenista, con mas cuatrocientos pesos anuales de sueldo fijo, siendo de su cargo los gastos do local i útiles de escritorio.
Decreto 18640818 de 1864 →Vigente
Artículo 5
Decreto 18640818 de 1864 · sobre personal i sueldos de las Administraciones de Salinas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.