Micelio

Artículo 3

Funciones De La Dirección De Regulación De Pesca Y Acuicultura

Decreto 4904 de 2007 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Dirección de Regulación de Pesca y Acuicultura. Son funciones de la Dirección de Regulación de Pesca y Acuicultura las siguientes

1.

Diseñar la regulación para el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola, con el fin de asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas.

2.

Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar las investigaciones científicas y estudios relacionados con su objeto.

3.

Realizar estudios técnicos, de prospectiva y económicos que correspondan para cumplir con sus objetivos.

4.

Divulgar los resultados de sus estudios e investigaciones en el sector acuícola y pesquero, con el apoyo de la Oficina de Comunicaciones del Instituto.

5.

Diseñar y ejecutar programas específicos relacionados con recursos de cooperación.

6.

Consolidar y administrar el sistema de información pesquero y acuícola, y brindar acceso a las entidades gubernamentales que lo requieran.

7.

Proponer el valor de las tarifas, multas y sanciones aplicables al ejercicio pesquero.

8.

Brindar los insumos para la planificación sectorial.

9.

Adelantar el proceso de Gerencia de la información, liderado por la Subgerencia de Pesca y Acuicultura.

10.

Proponer y hacer seguimiento permanente al cumplimiento de los compromisos adquiridos en los diferentes acuerdos internacionales, y de ser necesario proponer medidas para alcanzar las metas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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