° Créanse desde el 1° de noviembre próximo venidero, las siguientes Administraciones Subalternas de Correos, dependientes de la suministración de Correos de Bogotá, con el personal y asignaciones que en seguida se expresan: Administración Subalterna de Correos de Puerto Carreño. Un Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 20 Administración Subalterna de Correos de Puerto Córdoba. Un Administrador de Correos, con sueldo mensual de 20 Administración Subalterna de Correos de Yavaraté. Un Administrador de Correos, con sueldo mensual de 20
Decreto 1737 de 1926 →Vigente
Artículo 1
Créanse Desde El 1° De Noviembre Próximo Venidero, Las Siguientes Administraciones Subalternas De Correos, Dependientes De La Suministración De Correos De Bogotá, Con El Personal Y Asignaciones Que En Seguida Se Expresan: Administración Subalterna De Correos De Puerto Carreño
Decreto 1737 de 1926 · Por el cual se crean varias oficinas en el ramo Postal y se hacen los respectivos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.