Micelio

Artículo 2

Con Base En El Recurso Anterior, Adiciónanse Las Apropiaciones Para Atender A Los Gastos Del Fondo Vial Nacional, Durante La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1967, En La Suma De Cinco Millones Ochocientos Veinte Mil Pesos Moneda Corriente ($ 5

Decreto 2240 de 1967 · por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1967.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso anterior, adiciónanse las apropiaciones para atender a los gastos del Fondo Vial Nacional, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1967, en la suma de cinco millones ochocientos veinte mil pesos moneda corriente ($ 5.820.000.00) en la siguiente forma: Presupuesto de Gastos . Programa 08 Obras varias . Artículo 28. Obras públicas en los Departamentos, Municipios y Territorios Nacionales $ 5.820.000 Proyecto

1.

Defensa de las playas de Cartagena y Avenida Santander, en el Departamento de Bolívar $ 1.700.000 Proyecto

2.

Barca de la Felisa, en el Departamento de Caldas 500.000 Proyecto

3.

Construcción de la carretera Montería - Tierralta, en el Departamento de Córdoba 1.500.000 Proyecto

4.

Construcción de la carretera Gigante - Tres Esquinas - Río Guayas, en el Departamento del Huila 100.000 Proyecto

5.

Carretera Algeciras - Guacamayas - San Vicente del Caguán, en el Departamento del Huíla 800.000 Proyecto

6.

Defensa del río Pamplonita en la ciudad de Cúcuta, en el Departamento de Norte de Santander 720.000 Proyecto

7.

Adquisición de una barca cautiva para el paso del río Magdalena, en la carretera Espinal - Suárez, la que administrará el Municipio de Suarez, en el Departamento del Tolima 500.000 Total programa $ 5.820.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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