Micelio

Artículo 2

Decreto 359 de 1894 · Por el cual se promulga como ley un Tratado de Amistad, Comercio y Navegación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ACTA DE CANJE. Reunidos en el Despacho de Relaciones Exteriores los infrascritos, Marco F. Suarez, Ministro de Relaciones Exteriores, y Juan Lührsen, Ministro Residente del Imperio Alemán, debidamente autorizados por los Gobiernos de las respectivas Partes contratantes, con el objeto de proceder al canje de los instrumentos de ratificación del Tratado de amistad, comercio y navegación concluido en Bogotá el día veintitrés de julio de mil ochocientos noventa y dos, entre la República de Colombia y el Imperio Alemán, y resultando que tales instrumentos se encuentren en debida forma, se ha verificado el canje del modo acostumbrado. En fe de lo expuesto, los infrascritos firman la presente acta, sellándola con sus sellos particulares, en Bogotá, a doce de Abril de mil ochocientos noventa y cuatro. (L.S.) MARCO F. SUAREZ . (L.S.) LUHRSEN.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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