Articulo 4° Mientras el Instituto de Agronomía no ocupe para sus labores los potreros de la finca La Granja , podrá hacer uso de ellos el Ministerio de Guerra para sostenimiento de los ganados del Ejército. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1725 de 1918 →Vigente
Artículo 4
Mientras El Instituto De Agronomía No Ocupe Para Sus Labores Los Potreros De La Finca La Granja , Podrá Hacer Uso De Ellos El Ministerio De Guerra Para Sostenimiento De Los Ganados Del Ejército
Decreto 1725 de 1918 · Por el cual se destinan unos bienes nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.