Micelio

Artículo 4

Mientras El Instituto De Agronomía No Ocupe Para Sus Labores Los Potreros De La Finca La Granja , Podrá Hacer Uso De Ellos El Ministerio De Guerra Para Sostenimiento De Los Ganados Del Ejército

Decreto 1725 de 1918 · Por el cual se destinan unos bienes nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° Mientras el Instituto de Agronomía no ocupe para sus labores los potreros de la finca La Granja , podrá hacer uso de ellos el Ministerio de Guerra para sostenimiento de los ganados del Ejército. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1725 de 1918