Micelio

Artículo 633

, La Cantidad De Sesenta Y Cuatro Mil Pesos ($ 64,000), A Las Siguientes Imputaciones: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 83 Edificios Nacionales

Decreto 1157 de 1914 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1914

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1914, del Ministerio de Obras Públicas, Capítulo 84 - Ferrocarriles- artículo 633, la cantidad de sesenta y cuatro mil pesos ($ 64,000), a las siguientes imputaciones: ministerio de obras publicas capitulo 83 Edificios nacionales. Artículo 617. Para construcción, reparación y conservación del Capitolio y demás edificios nacionales $ 50,000 50,000 Pasan $ 50,000 Vienen $ 50,000 capitulo 84 Ferrocarriles. Artículo 626. Para pagar los gastos a cargo del Gobierno en los ferrocarriles, correspondientes al Ministerio de Obras Públicas, y compra de vías férreas, y para dar cumplimiento a la Ley 48 de 1911 $ 14,000 14,000 Total $ 64,000

Parágrafo

Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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