Micelio

Artículo 11

La Sección De Educación Cooperativa De La Superintendencia Nacional De Cooperativas, De Acuerdo Y Con La Colaboración Del Ministerio De Educación Nacional Y De Las Directivas De Educación Pública Departamentales, Desarrollará Un Programa De Extensión Cultural Para El Fomento De Estas Sociedades Cooperativas

Decreto 986 de 1949 · por el se reglamentan los artículos 32, regla 6ª, 54, 58 y 70 de la Ley 134 de 1931; 13 de la Ley 128 de 1936, 3° del Decreto 231 de 1946 y 1° a 9° del Decreto-ley 2462 de 1948.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sección de educación cooperativa de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, de acuerdo y con la colaboración del Ministerio de Educación Nacional y de las directivas de educación pública departamentales, desarrollará un programa de extensión cultural para el fomento de estas sociedades Cooperativas. Los objetivos de este programa serán: Organizar cursos periódicos de información en las capitales de los Departamentos, y un curso nacional por correspondencia para orientar al magisterio en los principios de cooperación y en el cooperativismo escolar; Imprimir boletines y cartillas sobre cooperación para uso de maestros y alumnos; Estimular la organización de sociedades estudiantiles, cooperativas con la creación de premios anuales para la mejor Cooperativa Escolar en cada Departamento y para los maestros que más se distingan por el fomento de cooperativismo en la escuela; ch) Preparar cursos sobre cooperación para su inclusión en los planes de estudios para las normales y los establecimientos primarios y secundarios de la nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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