Coordinación del proceso . El Ministerio de la Protección Social será el responsable de implementar el proceso de distribución de los recursos de que trata el presente decreto, para el efecto deberá
Definir la metodología de revisión y conciliación de las deudas.
Establecer la metodología de ajuste de las obligaciones a la tarifa mínima en los términos previstos en el Decreto 3740 de 2008.
Establecer la viabilidad financiera de las IPS que permita la priorización en la asignación de los recursos.
Establecer las fechas, plazos y características de los soportes que deben ser presentados por las entidades territoriales para optar a la distribución de recursos de que trata el presente decreto, sin perjuicio de lo que requiera el Fondo Nacional de Regalías y la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
Para efectos de los literales a), b) y c) en relación con la deuda por atención a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, se aplicará la misma metodología desarrollada, conforme a los dispuesto en el artículo 14 del Decreto 3740 de 2008.