Micelio

Artículo 1

Las Empresas De Almacenes Generales De Depósito Ya Constituidas O Que Se Constituyan Al Futuro, Tienen Por Objeto El Depósito, La Conservación Y Custodia, El Manejo Y Distribución, La Compra Y Venta Por Cuenta De Sus Clientes De Mercancías Y Productos De Procedencia Nacional Y Extranjera, Y Si Así Lo Solicitaren Los Interesados, La Expedición De Certificados De Depósito Y Bono De Prenda, Transferibles Por Endoso Y Destinados A Acreditar, Respectivamente La Propiedad Y Depósito De Las Mercancías Y Productos, Y La Constitución De Garantía Prendaria Sobre Ellos

Decreto 356 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones sobre Almacenes Generales de Depósito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las empresas de Almacenes Generales de Depósito ya constituidas o que se constituyan al futuro, tienen por objeto el depósito, la conservación y custodia, el manejo y distribución, la compra y venta por cuenta de sus clientes de mercancías y productos de procedencia nacional y extranjera, y si así lo solicitaren los interesados, la expedición de certificados de depósito y bono de prenda, transferibles por endoso y destinados a acreditar, respectivamente la propiedad y depósito de las mercancías y productos, y la constitución de garantía prendaria sobre ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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