Micelio

Artículo 2.8.15.6

Adopción, Implementación Y Evaluación De La Política De Salud Mental

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adopción, implementación y evaluación de la política de salud mental. El Ministerio de Salud y Protección Social dirigirá y coordinará la adopción, difusión, implementación, monitoreo y evaluación de la política de salud mental en todo el territorio nacional. Las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal establecerán mecanismos para adoptar, difundir, implementar, monitorear y evaluar la política de salud mental en el ámbito de su jurisdicción y estructurarán dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente decreto, planes de salud mental departamentales, distritales y municipales que se operativicen a través de las instancias conformadas para el cuidado de la salud mental en los territorios.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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