Micelio

Artículo 12

La Sola Inexactitud En La Declaración De La Renta, Será Sancionada, Sin Perjuicio De Las Penas Correspondientes Al Perjurio, Con Un Recargo Hasta Del Ciento Por Ciento (100 Por 100)

Decreto 2432 de 1934 · POR EL CUAL SE REFORMAN LAS DISPOSICIONES VIGENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SE AUMENTA LA TARIFA Y SE ESTABLECE UN IMPUESTO ADICIONAL.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sola inexactitud en la declaración de la renta, será sancionada, sin perjuicio de las penas correspondientes al perjurio, con un recargo hasta del ciento por ciento (100 por 100). En caso de dolo, además de las sanciones de que habla el inciso anterior, se impondrán multas de diez a quinientos pesos ($ 10 a $ 500).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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