Micelio

Artículo 14

Quedarán Sometidas Al Régimen De Aporte: A) Las Minas De Piedras Preciosas O Semipreciosas Y En Especial Las De Esmeraldas Y Demás Variedades Del Berilo Y De Los Compuestos De Glucinio; B) Las Descubiertas Por Entidades Públicas Y Que Tengan Importancia Básica Para El Desarrollo De La Economía Nacional, A Juicio Del Ministerio Del Ramo; C) Las Que Sean Objeto De Propuestas Y Solicitudes En Trámite, Que A Juicio Del Ministerio Tengan Importancia Básica Para El Desarrollo Económico Nacional Y Cuyos Titulares Opten Por Este Régimen; D) Las Que Hayan Sido Objeto De Concesiones, Permisos O Adjudicaciones, Que A Juicio Del Ministerio Tengan Importancia Básica Para La Economía Nacional Y Cuyos Interesados Acuerden Con El Ministerio Someterse A Este Régimen; E) Las Minas De Metales Preciosos De La Reserva Especial

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedarán sometidas al régimen de aporte

a)

Las minas de piedras preciosas o semipreciosas y en especial las de esmeraldas y demás variedades del berilo y de los compuestos de glucinio;

b)

Las descubiertas por entidades públicas y que tengan importancia básica para el desarrollo de la economía nacional, a juicio del Ministerio del ramo;

c)

Las que sean objeto de propuestas y solicitudes en trámite, que a juicio del Ministerio tengan importancia básica para el desarrollo económico nacional y cuyos titulares opten por este régimen;

d)

Las que hayan sido objeto de concesiones, permisos o adjudicaciones, que a juicio del Ministerio tengan importancia básica para la economía nacional y cuyos interesados acuerden con el Ministerio someterse a este régimen;

e)

Las minas de metales preciosos de la reserva especial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986