Admitida la demanda en el mismo auto se ordenará la remisión al Instituto Nacional de Salud de la formula técnica y análisis y de fabricación y de la literatura del producto sin identificación distinta al número del expediente para que dentro de los quince días siguientes emita su concepto. Cuando se trate de estudios técnicos especiales que no son universalmente conocidos se propagará este término hasta por treinta (30) días más. Si el Instituto Nacional de Salud lo considera, practicará el análisis químico y farmacéutico previa solicitud de las muestras correspondientes.
Decreto 1528 de 1964 →Vigente
Artículo 22
Admitida La Demanda En El Mismo Auto Se Ordenará La Remisión Al Instituto Nacional De Salud De La Formula Técnica Y Análisis Y De Fabricación Y De La Literatura Del Producto Sin Identificación Distinta Al Número Del Expediente Para Que Dentro De Los Quince Días Siguientes Emita Su Concepto
Decreto 1528 de 1964 · Por el cual se reglamenta el artículo 26 del Decreto 3224 de 1963 (diciembre 19), reorgánico del Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.