A fin de evitar la especulación que pueda provocarse con motivo de las disposiciones del presente Decreto, autorízase a la Oficina Reguladora de Mercados y Precios para señalar los precios de venta del calzado de producción nacional e importado, con base en los que regían el 31 de diciembre de 1947.
Decreto 1832 de 1948 →Vigente
Artículo 10
A Fin De Evitar La Especulación Que Pueda Provocarse Con Motivo De Las Disposiciones Del Presente Decreto, Autorízase A La Oficina Reguladora De Mercados Y Precios Para Señalar Los Precios De Venta Del Calzado De Producción Nacional E Importado, Con Base En Los Que Regían El 31 De Diciembre De 1947
Decreto 1832 de 1948 · Por el cual se obliga a los patronos al suministro de calzado a sus trabajadores, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.