Créase el "Fondo de Garantías de Instituciones Financieras" como persona jurídica autónoma de derecho público y de naturaleza única, sometida a la vigilancia del Superintendente Bancario, el cual funcionará anexo al Banco de la República, mediante contrato celebrado entre éste y el Gobierno Nacional, en términos similares al que existe para Proexpo, con contabilidades separadas y durante un plazo máximo de cinco años.
Las operaciones del Fondo se regirán únicamente por esta Ley y por las normas de derecho privado.