Micelio

Artículo 4

Decreto 4427 de 2005 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 973 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El artículo 13 del Decreto 973 de 2005, quedará así: " Artículo 13. Remanentes de recursos en las asignaciones. Si resultaren recursos de la Bolsa Departamental y de la Bolsa de Política Sectorial Rural sin asignar, estos serán otorgados a los proyectos con los mayores puntajes del respectivo departamento o programa sectorial hasta agotamiento de tales remanentes, escogiendo de los mismos las familias que no han sido beneficiadas, en orden de calificación. Esta asignación de remanentes para proyectos de la Bolsa Departamental corresponderá a un número mínimo de cinco (5) hogares vinculados a un proyecto que estén en cualquiera de las soluciones de vivienda de las que trata el presente decreto. Si aún quedan remanentes, estos se asignarán a los proyectos con mayor puntaje a nivel nacional".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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