Micelio

Artículo 9

Un Asociado No Podrá Ser Deudor De Un Fonda De Empleados Por Créditos Que En Un Total Excedan Del Diez Por Ciento (10%) De Los Recursos Destinados A Tal Fin

Decreto 3381 de 1981 · Por el cual se regulan las actividades de los Fondos de Empleados como personas jurídicas que manejan ahorro privado

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Un asociado no podrá ser deudor de un Fonda de Empleados por créditos que en un total excedan del diez por ciento (10%) de los recursos destinados a tal fin. El señalamiento de las cuantías, plazos, formas de amortización, tasas de servicios, garantías y demás requisitos para el otorgamiento de préstamos, se hará en los estatutos o reglamentos del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3381 de 1981