Micelio

Artículo 17

El Contrato Individual Escrito Se Extenderá En Tantos Ejemplares Cuantos Sean Los Interesados, Destinándose Uno Para Cada Uno De Ellos; Estará Exento De Impuestos De Papel Sellado Y De Timbre Nacional Y Deberá Contener Necesariamente, Fuera De Las Cláusulas Que Las Partes Acuerden Libremente: A) Lugar Y Fecha Del Contrato; B) Nombre, Nacionalidad, Cédula O Tarjeta De Identidad Y Domicilio Del Patrono; C) Nombre, Nacionalidad, Edad, Estado Civil, Cédula O Tarjeta De Identidad Y Lugar De Procedencia Del Trabajador; D) Determinación Precisa Y Clara De La Naturaleza De Los Servicios Y Del Lugar En Que Hayan De Prestarse; E) Monto, Forma Y Períodos De Pago De La Remuneración Acordada, Y Normas Para Su Incremento Eventual, Cuando Sea El Caso; F) Si Hay O Nó Lugar A Suministro De Habitación Y Alimentación Para El Trabajador, Condiciones De Ese Suministro Y Estimación De Su Valor Como Parte Del Salario Para La Liquidación De Prestaciones En Dinero; G) Si Se Trata O Nó De Un Contrato A Prueba; H) Duración Del Contrato, Y Las Causas Y Modalidades De Su Prórroga, Su Desahucio O Su Denuncio; I) Las Firmas Autógrafas De Los Contratantes, O Del Testigo Rogado

Decreto 2127 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 6ª de 1945, en lo relativo al contrato individual de trabajo, en general

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El contrato individual escrito se extenderá en tantos ejemplares cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos; estará exento de impuestos de papel sellado y de timbre nacional y deberá contener necesariamente, fuera de las cláusulas que las partes acuerden libremente

a)

Lugar y fecha del contrato;

b)

Nombre, nacionalidad, cédula o tarjeta de identidad y domicilio del patrono;

c)

Nombre, nacionalidad, edad, estado civil, cédula o tarjeta de identidad y lugar de procedencia del trabajador;

d)

Determinación precisa y clara de la naturaleza de los servicios y del lugar en que hayan de prestarse;

e)

Monto, forma y períodos de pago de la remuneración acordada, y normas para su incremento eventual, cuando sea el caso;

f)

Si hay o nó lugar a suministro de habitación y alimentación para el trabajador, condiciones de ese suministro y estimación de su valor como parte del salario para la liquidación de prestaciones en dinero;

g)

Si se trata o nó de un contrato a prueba;

h)

Duración del contrato, y las causas y modalidades de su prórroga, su desahucio o su denuncio;

i)

Las firmas autógrafas de los contratantes, o del testigo rogado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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