°. Retención en la fuente y autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios . En ningún caso los aportes que reciban los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) de que trata el Decreto Legislativo 770 de 2020 y los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario de que trata el Decreto Legislativo 803 de 2020, estarán sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios. El tratamiento tributario de· que trata el inciso anterior del presente artículo es aplicable a los beneficiarios de dichos programas que tengan la calidad de autorretenedores. Lo anterior sin perjuicio del tratamiento tributario en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del periodo gravable 2020 al que están sometidos los aportes recibidos por los beneficiarios de los mencionados programas.
Decreto 1152 de 2020 →Vigente
Artículo 1
Retención En La Fuente Y Autorretención En La Fuente A Título Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios
Decreto 1152 de 2020 · por el cual se reglamentan los artículos 7°, 8° y 9° del Decreto Legislativo 770 de 2020 que desarrolló el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) y los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del Decreto Legislativo 803 de 2020 que desarrolló el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.