º. La referida Caja se dividirá en dos Secciones: Sección de Crédito Agrario Sección de Crédito Industrial. La primera tendrá las funciones que se le han asignado en la Ley y en el Decreto orgánico citados; la segunda tendrá por objeto facilitar el crédito, o concederlo directamente a las empresas industriales colombianas, en la forma y condiciones establecidas en el presente Decreto y en los estatutos correspondientes.
Decreto 553 de 1932 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 553 de 1932 · Por el cual se modifica la organización de la Caja de Crédito Agrario y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.