Micelio

Artículo 3

Se Entiende Que Existe Vinculación Económica En Los Siguientes Casos: 1º Cuando La Operación Objeto Del Impuesto Tiene Lugar Entre Una Sociedad Matriz Y Una Subordinada; 2º Cuando La Operación Objeto Del Impuesto Tiene Lugar Entre Dos Subordinadas De Una Misma Matriz; 3º Cuando La Operación Se Lleva A Cabo Entre Dos Empresas Cuyo Capital Pertenezca Directa O Indirectamente En Un Cincuenta Por Ciento O Más A La Misma Persona; 4º Cuando La Operación Se Lleva A Cabo Entre Dos Empresas, Una De Las Cuales Posee Directa O Indirectamente El Cincuenta Por Ciento O Más Del Capital De La Otra; 5º Cuando La Operación Tiene Lugar Entre Dos Empresas Cuyo Capital Pertenezca En Un Cincuenta Por Ciento O Más Personas Ligadas Entre Sí Por Matrimonio, O Por Parentesco Hasta El 2º Grado De Consanguinidad O Afinidad O Primero Civil; 6º Cuando La Operación Tiene Lugar Entre La Empresa Y El Socio, Accionista O Comunero Que Posea El Cincuenta Por Ciento O Más Del Capital De La Empresa; 7º Cuando La Operación Tiene Lugar Entre La Empresa Y El Socio O Los Socios, Accionistas O Comuneros Que Tengan Derecho De Administrarla

Decreto 2815 de 1974 · Por el cual se reglamentan los Decretos 1988 y 2368 de 1974 relativos al Impuesto sobre Ventas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Se entiende que existe vinculación económica en los siguientes casos: 1º Cuando la operación objeto del impuesto tiene lugar entre una sociedad matriz y una subordinada; 2º Cuando la operación objeto del impuesto tiene lugar entre dos subordinadas de una misma matriz; 3º Cuando la operación se lleva a cabo entre dos empresas cuyo capital pertenezca directa o indirectamente en un cincuenta por ciento o más a la misma persona; 4º Cuando la operación se lleva a cabo entre dos empresas, una de las cuales posee directa o indirectamente el cincuenta por ciento o más del capital de la otra; 5º Cuando la operación tiene lugar entre dos empresas cuyo capital pertenezca en un cincuenta por ciento o más personas ligadas entre sí por matrimonio, o por parentesco hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad o primero civil; 6º Cuando la operación tiene lugar entre la empresa y el socio, accionista o comunero que posea el cincuenta por ciento o más del capital de la empresa; 7º Cuando la operación tiene lugar entre la empresa y el socio o los socios, accionistas o comuneros que tengan derecho de administrarla.

Parágrafo

Se considerará subordinada la sociedad que se encuentre, entre otros, en los siguientes casos: 1º Cuando el cincuenta por ciento o más del capital permanezca a la matriz, directamente, o por intermedio o en concurrencia con sus subordinadas o con las filiales o subsidiarias de éstas; 2º Cuando las sociedades mencionadas tengan conjunta o separadamente, el derecho de emitir los votos constitutivos del quórum mínimo decisorio en la junta de socios, o en la asamblea, o en la junta directiva, si la hubiere, y 3º Cuando en una compañía participen en el cincuenta por ciento o más de su (sic) utilidades dos o más sociedades entre las cuales a su vez exista vinculación económica en los términos del presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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