La concesión de los plazos o las rebajas o exoneraciones de impuestos autorizada en el artículo anterior, deberá concederse en cada caso particular por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la solicitud correspondiente deberá presentarse dentro de los noventa (90) días siguientes a la vigencia de esta Ley.
Ley 1 de 1967 →Vigente
Artículo 11
Ley 1 de 1967 · por la cual se provee a la reconstrucción de las zonas devastadas por el incendio de Quibdó, y la ayuda a los damnificados por este mismo suceso.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.