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Artículo 1

Prorrogar El Cese Al Fuego Bilateral Y Temporal De Carácter Nacional Con Impacto Territorial (Cfbtnt) Entre El Gobierno Nacional Y El Estado Mayor Central De Las Farc-Ep A Partir De Las 00:00 Horas Del Día 16 De Enero De 2024 Y Hasta Las 24:00 Horas Del 15 De Julio De 2024

Decreto 16 de 2024 · por la cual se prorroga el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional con impacto Territorial (CFBTNT) sobre la base de un Acuerdo para el respeto de la población civil entre el Gobierno Nacional y el Estado Mayor Central de las FARC-EP

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Prorrogar el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional con impacto Territorial (CFBTNT) entre el Gobierno nacional y el Estado Mayor Central de las FARC-EP a partir de las 00:00 horas del día 16 de enero de 2024 y hasta las 24:00 horas del 15 de julio de 2024. En consecuencia, ordenar la suspensión de las operaciones militares ofensivas y operativos policiales, así como de los actos contrarios a lo establecido en el Protocolo de Reglas y Compromisos acordado entre las partes en la Mesa de Diálogos de Paz, incluyendo sus modificaciones, a partir de las 00:00 del día 16 de enero de 2024 hasta las 24:00 horas del día 15 de julio de 2024 julio contra los integrantes del Estado Mayor Central de las FARC-EP que participen en el proceso de paz y se encuentren dentro de los procedimientos para la ejecución del Acuerdo del CFBTNT y los protocolos correspondientes. Los acuerdos y protocolos firmados y los que se suscriban en la Mesa de Diálogos de Paz, referidos al CFBTNT, son de obligatorio cumplimiento. El Ministro de Defensa Nacional emitirá los lineamientos necesarios a la Fuerza Pública para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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