Micelio

Artículo 2.2.5.7.1.5

Prestación Del Servicio Gratuito De Asesoría Y Defensoría Jurídica

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prestación del servicio gratuito de asesoría y defensoría jurídica . Los servicios de que trata el artículo 2.2.5.7.1.1 del presente decreto serán prestados por el Estado a través del SAAD, el cual dispondrá de un programa especializado de asistencia, defensa y asesoría jurídica, cuya metodología, planes, herramientas y acciones serán definidas por la dependencia que para el efecto sea creada en la Secretaría Ejecutiva de la JEP y serán desarrolladas e implementadas per el personal profesional y técnico especializado, debidamente cualificado, y los equipos que dicha dependencia considere pertinentes y necesarios para tales efectos. El mencionado programa estará destinado única y exclusivamente a la asistencia, asesoría y defensa de los beneficiarios del SAAD.

Parágrafo 1

La Secretaría Ejecutiva de la JEP determinará los requisitos de formación académica y experiencia que deberán cumplir las personas que conformen el programa de asistencia, asesoría y defensa especializada.

Parágrafo 2

La Secretaría Ejecutiva de la JEP determinará y fijará los protocolos para garantizar el acceso a los medios técnicos que permitan el ejercicio del derecho a la defensa de manera idónea y oportuna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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