Micelio

Artículo 1

Facúltese A Los Embajadores, Jefes De Oficina Consular Y Cónsules Ad Honorem De Colombia Acreditados Ante Otros Estados, Para Habilitar Puestos De Inscripción En Las Sedes Diplomáticas, Oficinas Consulares Y Oficinas Donde Habitualmente Prestan Sus Servicios Los Consulados Ad Honorem

Decreto 368 de 2013 · por el cual se faculta a Embajadores, Jefes de Oficina Consular y Cónsules ad honorem colombianos debidamente acreditados ante otros Estados para llevar a cabo las inscripciones de cédulas para el proceso electoral de elección del Congreso de la República a realizarse el 9 de marzo de 2014 y de Presidente y Vicepresidente el día 25 de mayo de 2014 y el 15 de junio de 2014 en caso de segunda vuelta.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Facúltese a los Embajadores, Jefes de Oficina Consular y Cónsules ad honorem de Colombia acreditados ante otros Estados, para habilitar puestos de inscripción en las sedes diplomáticas, oficinas consulares y oficinas donde habitualmente prestan sus servicios los consulados ad honorem .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 368 de 2013