Artículo tercero. Créanse los siguientes cargos, a partir del 15 del presente: Un Médico Jefe de la División de Lepra, con asignación mensual de seiscientos cincuenta pesos: Un Director del Instituto "Federico Lleras Acosta", con asignación mensual de seiscientos cincuenta pesos, y cuyas funciones serán de investigación científica. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2374 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2374 de 1947 · por el cual se modifican los Decretos números 25, de enero 9 de 1947, y el 1905 de 12 de junio del mismo año.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.