º . Contenido del acto administrativo . El acto administrativo mediante el cual la autoridad competente otorga autorización para el desarrollo de una o varias de las actividades a que se refiere al artículo 2º del presente decreto, deberá contener lo siguiente
Nombre del titular de la autorización, nombre del representante legal, si se trata de persona jurídica;
Actividad o actividades para las cuales se solicitó la autorización, especificando en forma concreta los Organismos Vivos Modificados, OVM, de que se trata;
El plazo durante el cual se concede la autorización, que será prorrogable de acuerdo con la necesidad;
Referencia al Documento de Evaluación y Gestión del Riesgo presentado;
Referencia al concepto o conceptos técnicos, cuando se requieran, expedidos por la autoridad o autoridades nacionales competentes;
Fundamentos jurídicos de la decisión;
Identificación del lugar geográfico en el cual se autoriza el desarrollo de la actividad;
Obligaciones para el ejercicio de la actividad, incluidas las medidas que deben adoptarse para prevenir, evitar, mitigar y controlar los efectos adversos, y las de seguimiento y control; j) Las entidad(es) encargadas del seguimiento y control de las actividades autorizadas, con indicación de la periodicidad de las visitas y de los aspectos a evaluar.