Comisión. La comisión por el otorgamiento de las garantías por parte del Fondo Nacional de Garantías (FNG), será fijada de conformidad con las operaciones autorizadas en los literales e) y f), del artículo 241 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, teniendo en cuenta, entre otros criterios: el valor en riesgo y los costos y gastos de administración de la garantía. El Fondo Nacional de Garantías (FNG), establecerá la información y documentación que requiera como condición para solicitar el acceso a la garantía y verificar el comportamiento de las emisiones.
Decreto 1068 de 2015 →Vigente
Artículo 2.18.1.13
Comisión
Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.