Artículo primero A partir del primero (1°) de abril del año en curso suprímense los Juzgados Municipales que ha continuación se indican
Los de los Municipios de Chámeza y Recetor cuyo territorio fue incorporado al Municipio de Pajarito (Boyacá).
El del Municipio de Ten cuyo territorio fue incorporado al municipio de Tamara (Boyacá).
El del Municipio de Chíquiza cuyo territorio fue incorporado al municipio de Tunja (Boyacá).
El del Municipio de Nariño cuyo territorio fue incorporado al Municipio de Girardot (Cundinamarca).