Micelio

Artículo 1

Creación

Decreto 1565 de 1996 · por el cual se organiza la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, ICT, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Creación. Créase la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, ICT, encargada de la administración, terminación y liquidación de actos, contratos y operaciones iniciadas por éste con anterioridad a la vigencia de la Ley 3º de 1991, adscrita al Ministerio de Desarrollo Económico, con personería jurídica, patrimonio propio y el régimen administrativa especial acorde con sus funciones liquidadoras contenido en este Despacho. La referida Unidad deberá ejecutar de un período máximo de cinco años contados a partir de la vigencia de la Ley 281 de 1996, las funciones que en las materias señaladas en el inciso anterior venía desempeñando el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, INURBE.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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