Micelio

Artículo 2

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Decreto 1022 de 2019 · Por el cual se crea una bonificación para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media, que se pagan con cargo al Sistema General de Participaciones y otras fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. VALOR DE LA BONIFICACIÓN . La bonificación para el año 2019 corresponde al valor que se fija en las siguientes tablas, así

1.

Para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente correspondientes a los empleos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto-ley 2277 de 1979, el valor de la bonificación será: Grado Escalafón Valor de la Bonificación a pagar mensualmente A 28.854 B 31.964 1 35.822 2 37.132 3 39.404 4 40.959 5 43.542 6 46.059 7 51.546 8 56.619 9 62.723 10 68.677 11 78.419 12 93.284 13 103.258 14 117.600

2.

Para los educadores estatales no escalafonados, nombrados en propiedad en las plantas de personal del sector educativo con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto-ley 1278 de 2002, dependiendo del título acreditado para el nombramiento, el valor de la bonificación será: Título Valor de la Bonificación a pagar mensual Bachiller 26.713 Técnico Profesional o Tecnólogo 35.361 Profesional Universitario 43.208

3.

Para el instructor del INEM o ITA no escalafonado y vinculado antes del 1° de enero de 1984, el valor de la bonificación será: Valor de la Bonificación a pagar mensualmente I, II y A 59.459 III y B 51.123 IV y C 48.129

4.

Para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente correspondientes a los empleos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto-ley 1278 de 2002, el valor de la bonificación será: Título Grado Escalafón Nivel Salarial Valor de la bonificación a pagar mensual Normalista Superior o Tecnólogo en Educación 1 A 48.647 B 62.011 C 79.936 D 99.095 Licenciado o Profesional no Licenciado 2 Sin especialización Con especialización A 61.225 66.548 B 79.998 85.025 C 93.437 105.334 D 111.657 124.656 Licenciado o Profesional no Licenciado 2 Maestría Doctorado A 70.409 79.593 B 91.998 103.998 C 107.452 121.468 D 128.405 145.154 Licenciado o Profesional no Licenciado con Maestría o con Doctorado 3 Maestría Doctorado A 102.471 135.935 B 121.329 159.571 C 150.054 201.497 D 173.868 231.312

5.

Para los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que atiendan población indígena en territorios indígenas, vinculados de conformidad con lo establecido en la Ley 115 de 1994, el Decreto número 1075 de 2015 y de acuerdo con lo resuelto por la Corte Constitucional en Sentencia C-208 de 2007, el valor de la bonificación será: Título V alor de la Bonificación a pagar mensual Bachiller u Otro Tipo de Formación 40.960 Normalista Superior o Tecnólogo en educación 48.647 Licenciado o Profesional no Licenciado 61.225 Licenciado o Profesional no Licenciado con posgrado 66.548

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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