°. El Ministerio de Fomento podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de las normas técnicas obligatorias. En tales revisiones, los gastos serán por cuenta del Ministerio si se comprueba el cumplimiento de la norma, y por cuenta del productor si se comprueba su incumplimiento.
Decreto 2399 de 1965 →Vigente
Artículo 4
El Ministerio De Fomento Podrá Verificar En Cualquier Momento El Cumplimiento De Las Normas Técnicas Obligatorias
Decreto 2399 de 1965 · Por el cual se reglamenta la aplicación de las normas técnicas oficiales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.