SUSPENSIÓN DISCIPLINARIA PROVISIONAL. El superior con facultades disciplinarias podrá solicitar al Ministerio de Defensa Nacional o a la Dirección General de la Policía, según el caso, la suspensión, sin derecho a sueldo, hasta por sesenta (60) días, del personal que sea investigado, mientras se adelanta la respectiva investigación.
Si el suspendido resulta responsable de haber cometido la falta, se producirá el retiro con la fecha de la suspensión. Si resultare absuelto, se levantara la suspensión y se cancelaran los haberes correspondientes.