ARTICULO 11. Oficina para el Apoyo a la Defensa Judicial. Son funciones de la Oficina para el Apoyo a la Defensa Judicial las siguientes: Adelantar la investigación y evaluación de los procesos que cursen contra la Nación y sus entidades descentralizadas y formular políticas y recomendaciones en coordinación con la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 2157 de 1992 →Vigente
Artículo 11
Oficina Para El Apoyo A La Defensa Judicial
Decreto 2157 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Justicia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.