Abrense al Poder Ejecutivo, con imputación a los capítulos y artículos del Presupuesto de la actual vigencia que en seguida se expresan, los siguientes créditos adicionales: CAPITULO 61 Higiene y Sanidad. Artículo 550. Para material de las oficinas de los Médicos de Sanidad y de los Inspectores de Sanidad de los puertos, arrendamientos, útiles de laboratorio, de escritorio y demás gastos $ 2,500 Artículo 558. Para análisis compra de sueros, de vacunas de emetina y otros medicamentos, biblioteca, publicaciones y demás gastos de la Dirección Nacional de Higiene 2,000 CAPITULO 62 Lazaretos (Contratación). Artículo 584. Para el sostenimiento de niños sanos hijos de leprosos, en asilos especiales, y para sostenimiento de niños leprosos 30,000 CAPITULO 64 Vigencias anteriores. Artículo 627. Para atender al pago de los saldos pendientes referentes a la vigencia de 1921 15,000 MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA CAPITULO 58 Gastos varios. Artículo 538 bis. Para atender a la celebración del centenario de la fundación del Colegio de San Simón, de Ibagué 500 Total $ 50,000.
Ley 63 de 1922 →Vigente
Artículo 550
Ley 63 de 1922 · de créditos adicionales al Presupuesto de gastos de 1922
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.