Usuarios del Sistema de Información de Huella Balística Civil (SIHBC). Serán usuarios del Sistema de Información de Huella Balística Civil (SIHBC) las instituciones establecidas en el artículo 2.2.4.4.3 del presente Decreto, los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones y los ciudadanos, teniendo en cuenta las restricciones de información y de acceso que sean establecidos por la Policía Nacional a través de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL.
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