Para los fines definidos en la presente ley, la Universidad Militar Nueva Granada, tiene autonomía para usar, gozar y disponer de los bienes y rentas que conforman su patrimonio, para programar aprobar y ejecutar su propio presupuesto en los términos que defina la Ley orgánica de presupuesto y la correspondiente ley anual teniendo en cuanta su naturaleza y régimen jurídico especial.
Los bienes de la Universidad Militar Nueva Granada son imprescriptibles e inembargables.
Para la administración y manejo de los recursos generados por actividades académicas, de investigación, de asesoría o de extensión, la Universidad podrá crear fondos de manejo especial con el fin de garantizar el fortalecimiento de las funciones propias de la institución. Su manejo y administración serán conforme a la ley y los estatutos generales de la Universidad.
Organización y autoridades