Articulo undécimo. Los Grupos de Artes Escénicas entrarán en funcionamiento a medida que lo exijan las necesidades del Teatro y lo permitan los recursos del mismo, mediante resolución que para cada caso dictará el Ministerio de Educación Nacional.'
Decreto 969 de 1961 →Vigente
Artículo 11
Decreto 969 de 1961 · Por el cual se reorganiza el teatro de colón
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.