Conformation de la nueva lista de auxiliares de la justicia. La Superintendencia de Sociedades conformara la nueva lista de auxiliares de la justicia, una vez que haya verificado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en el Decreto Unico Reglamentario 1074 de 2015 y demas normas aplicables. Los destinatarios deberan acogerse, aceptar y cumplir todas las reglas establecidas en la presente Resoluci0n.
PARAGRAFO. El tramite y cumplimiento de las disposiciones previstas en esta Resoluci0n sera de responsabilidad exclusiva de cada aspirante. La inobservancia de lo aqui senalado impedira la inclusion del aspirante en la nueva lista de auxiliares de la justicia que la Superintendencia de Sociedades expida en virtud de la presente convocatoria o de la inclusi0n en el cargo de liquidador, de quienes ya hagan parte de la lista de auxiliares de la justicia de la entidad en otros cargos. en to SaCtrente.dv•cla r. Sawbodai ttabaamno&pat&potnptet etrampstas onetatiotal, credwutat r carta"lbtrt worae.supinsocisclatly&410.0.00 warbinastetOtupersoclatladankiaboke iltma Congca 60 arondon a1 citalatiaro; fl 43 In Ogee efr ("4'. Pagina 10 , .X If+ TN sogott: (4O) 3201000 Superintendencia de Sociedades ARTICULO 25°. Publicacion de la nueva lista de auxiliares de la justicia y recurso. La nueva lista de auxiliares de la justicia sera expedida por Ia Superintendencia de Sociedades y se publicara por 5 dias habiles en la pagina web de la entidad, de conformidad con el articulo 2.2.2.11.2.8 del Decreto Unico Reglamentario 1074 de 2015. Contra ella procederan los recursos que fueren aplicables, contados a partir del dia siguiente a su publicaci0n en la pagina web de Ia Entidad. Adicionalmente, en caso de errores en la informaci0n relacionada en la lista, el aspirante podra informarle al Grupo de Registro de Especialistas para que este proceda a realizar la correccion pertinente. ARTICULO 26°. Publicacion definitiva de la nueva lista de auxiliares de la justicia. Resueltos los recursos y realizadas las correcciones a que hubiere lugar, la Superintendencia de Sociedades integrara la nueva lista de auxiliares de la justicia y la publicara en la pagina web de la entidad. Contra Ia lista definitiva no procedera recurso alguno. El aspirante que no hubiere sido incluido en la lista podra optar por participar en futuras convocatorias, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Unico Reglamentario 1074 de 2015. ARTICULO 27°. Vigencia de la lista. La lista final y definitiva de auxiliares de la justicia entrara en vigencia a partir del dia habil siguiente a su publicaci0n en la pagina web de la entidad. ARTICULO 28°. La presente resoluci0n rige a partir de su publicaci0n en el Diario Oficial.