°. Modifícase el artículo 25 del Decreto 0841 de 1990, el cual quedará así: Artículo 25. Actualización de los manuales . Los Manuales Metodológicos y de Procedimientos del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional se podrán cambiar o modificar máximo una vez por año, para ser divulgados durante el año de la modificación a más tardar el 1° de octubre. Las metodologías modificadas se utilizarán para aquellos proyectos de inversión que vayan a ser remitidos al Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional a partir del 1º de febrero de la siguiente vigencia a la modificación.
Los proyectos ya registrados con metodologías anteriores no serán afectados por las nuevas metodologías, ni serán alterados los valores que hayan resultado de su evaluación. Sin embargo cuando por cualquier motivo estos proyectos deban ser revisados o actualizados, esto se hará atendiendo a las nuevas metodologías vigentes en el momento de registrar la revisión o actualización.