Micelio

Artículo 2

De Conformidad Con El Artículo 48 De La Constitución, Las Reservas Para Pensiones Y Riesgos Profesionales, Más Sus Rendimientos, Sólo Podrán Destinarse A Atender Los Pagos Correspondientes A Tales Riesgos Y Por Ello Estarán Excluidas De La Masa De Liquidación

Decreto 606 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 300 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con la Ley 100 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De conformidad con el artículo 48 de la Constitución, las reservas para pensiones y riesgos profesionales, más sus rendimientos, sólo podrán destinarse a atender los pagos correspondientes a tales riesgos y por ello estarán excluidas de la masa de liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 606 de 1998