Micelio

Artículo 3

Decreto 270 de 2017 · por el cual se modifica y se adiciona el Decreto número 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario de la Presidencia de la República, en relación con la participación de los ciudadanos o grupos de interesados en la elaboración de proyectos específicos de regulación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Adiciónense tres numerales al artículo 2.1.2.1.6 del Decreto número 1081 de 2015, los cuales tendrán el siguiente texto: “9. Una matriz con el resumen de las observaciones y comentarios de los ciudadanos y grupos de interés al proyecto específico de regulación. “10. Un Informe Global con la evaluación, por categorías, de las observaciones y co­mentarios de los ciudadanos y grupos de interés. “El Informe Global deberá publicarse, después del vencimiento del término de parti­cipación ciudadana, en la sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública del sitio web de la entidad, y deberá permanecer allí como antecedente normativo, junto con el proyecto de regulación correspondiente. “11. En virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.11 de este decreto, cuando el pro­yecto específico de regulación cree o modifique un trámite, deberá adjuntarse el concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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